Inicio     |   Contacto
 
Inicio
Equipo Jurídico
Acciones Judiciales
Honorarios
Permanecer Informd@
Prensa
Contacto
 
  Impuestos Municipales, Especiales y Exacciones abusivas, Retroactividad...

La defensa del Medio Ambiente y de quienes dedican a ello sus esfuerzos precisan y merecen el apoyo de Profesionales del Derecho comprometidos.

 
 

Noticias

 
ACCESO MIEMBROS
Usuario:  
Clave:  

 
 

Acciones Judiciales:

Se detallan las distintas acciones Judiciales acometidas por PLF, indicando su estadio actual de vigencia, bien Abiertas a la participación ó bien Ya Tramitadas:

ACCIÓN :  Impugnación de Circular CNE.
ESTADIO :  Vigente. Iniciada el 18 de septiembre 2011. Abierta a la participación.

DESCRIPCIÓN :  Acción Judicial de Impugnar la Circular que regulará la solicitud de información y los procedimientos del sistema de liquidación de las primas equivalentes, las primas, los incentivos y los complementos a las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial.

Tras conocerse:

- el contenido de la propuesta de Circular de la Comisión Nacional de Energía + info aquí, que regulará la solicitud de información y los procedimientos del sistema de liquidación de las primas equivalentes, las primas, los incentivos y los complementos a las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial, y
- el comunicado de la CNE a los agentes comercializadores + info aquí de como se liquidarán las tarifas fotovoltaicas a partir del próximo mes de octubre, en la que textualmente se indica que:

“1.- El mes en el que la acumulación de horas equivalentes de funcionamiento iguale o supere el número de horas equivalentes de referencia anual correspondientes a las características de la instalación será considerado como el mes límite de prima, siendo éste el mes en el que finalizará provisionalmente y a cuenta el derecho a cobro de la prima o prima equivalente en el año. En ese mes las instalaciones percibirán la liquidación correspondiente a la totalidad de la energía generada en ese mes.

2.- No se llevará a cabo liquidación provisional y a cuenta de prima o prima equivalente de la producción de los meses posteriores al mes límite de prima.”

la estrategia procesal de impugnar todas y cada una de las liquidaciones provisionales retroactivas, ha sido desvirtuada parcialmente tras conocerse que es intención de la CNE no publicar las liquidaciones provisionales retroactivas, y sí la liquidación definitiva en M+11.
Por lo tanto:
- NO podremos impugnar las liquidaciones provisionales, porque la CNE no va a publicar liquidación provisional alguna tras la que liquide en el mes límite de prima.
- podremos recurrir la responsabilidad patrimonial del Estado antes del 23 de noviembre del presente.
En cuanto al presupuesto de Promein Abogados, indicar que sigue en su integridad vigente, ya que en M+11 recurrirá las liquidaciones definitivas, y reclamará la responsabilidad patrimonial del Estado, como así se comprometió por hoja de encargo profesional.
Lo que desde Promein Abogados se recomienda es:
Agrupar a todos los productores fotovoltaicos bajo el paraguas del Plataforma Legal Fotovoltaica, e
Impugnar de forma colectiva (un solo recurso en nombre de los asociados) la Circular que regule el procedimiento de liquidación de las primas equivalentes.

Pertenecer a la Plataforma Legal Fotovoltaica NO tiene ningún coste: NO hay cuotas ordinarias de Socio, y los cargos de la Junta Directiva NO son remunerados.
Sólo se cobran cuotas extraordinarias para cubrir única y exclusivamente los honorarios de abogados y procurador que en su momento oportuno se determinen.

Si eres Productor de Energía Solar Fotovoltaica acogido al Real Decreto 661/2007, y estás interesad@ en recurrir la citada Circular envía por e-mail a info@plfotovoltaica.org ó por Fax al 91 535 13 35 la SOLICITUD que figura a continuación:

PARA ANTIGUOS SOCIOS DE PLF

Solicitud Afiliación a PLF

Descargar Solicitud de Alta

 

ACCIÓN : Recurso Contencioso-Administrativo de Nulidad del Artículo Uno.diez del RD 1565/2010
ESTADIO :  Concluída. Presentado Recurso y Admitido ante el Tribunal Supremo

DESCRIPCIÓN :  Acción Judicial solicitando la Nulidad del Artículo Uno.diez del Real Decreto 1565/2010

Conocido el contenido de la propuesta de Real Decreto por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos al Régimen Especial, y para el caso de que finalmente fuera aprobada en sus actuales términos, la PLF recurrirá la disposición del artículo Uno apartado diez que establece:

Artículo 1: Modificación del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
Se introducen las siguientes modificaciones en el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial:
Once. En la tabla 3 del artículo 36, se suprimen los valores de las tarifas reguladas indicadas para las instalaciones de tipo b.1.1, a partir del año vigésimo sexto.

 

 

PLATAFORMA LEGAL FOTOVOLTAICA
Telef.: +34 902 195 270
Fax : +34 91 535 13 35
E-Mail
SueloSolar.es © copyright 2010