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Orden TED/345/2024 para regular la concesión de acceso a la red a instalaciones de generación o almacenamiento síncronos en nudos de transición justa

22-4-24. MITECO
lunes, 22 abril 2024.
MITECO
Orden TED/345/2024 para regular la concesión de acceso a la red a instalaciones de generación o almacenamiento síncronos en nudos de transición justa
Los proyectos deberán cumplir requisitos mínimos de creación de empleo y autoconsumo proporcionales a la capacidad de acceso solicitada; por ejemplo, cada MW de capacidad de acceso debe traducirse en la instalación de 2 kW de autoconsumo.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha publicado la Orden TED/345/2024, que puede consultarse aquí, que se regula el procedimiento y los requisitos aplicables para la concesión de capacidad de acceso a la red eléctrica a módulos de generación de electricidad síncronos de procedencia renovable y a instalaciones de almacenamiento síncrono en los nudos de transición justa de Garoña 220 kV (Burgos), Guardo 220 kV (Palencia), Lada 400 kV (Asturias), Mudéjar 400 kV (Teruel) y Robla 400 kV (León).

Este procedimiento tiene como objetivo promover de forma ágil la instalación de módulos de generación de electricidad síncronos (MGES), como plantas de biomasa o centrales hidroeléctricas reversibles, que entregan potencia a la red eléctrica con una frecuencia y tensión constantes, aportando flexibilidad, seguridad de suministro y facilitando la integración de otras energías renovables asíncronas, como la eólica o la fotovoltaica.

Nudos de transición justa según criterios de la red eléctrica

Los nudos seleccionados son los nudos de transición justa en los que Red Eléctrica ha identificado un excedente de capacidad síncrona respecto a la capacidad asíncrona (MPE) disponible y reúnen las condiciones técnicas y normativas necesarias. La capacidad conjunta de acceso disponible para MGES asciende a 1.259 MW, desglosados así: Garoña 220 kV dispone de 151 MW, Guardo 220 kV de 216 MW, Lada 400 kV de 90 MW, Robla 400 kV de 648 MW y Mudéjar 400 kV de 154 MW, que son independientes de los 1.202 MW adjudicados en el concurso de transición justa fallado en noviembre de 2022.

Dada la necesidad de acelerar la instalación de este tipo de tecnologías, la orden establece en estos nudos un procedimiento de concesión de la capacidad de acceso basado en el orden de prelación temporal de las solicitudes para mayor agilidad del proceso.

Desarrollo socioeconómico local

Al mismo tiempo, se establecen requisitos de desarrollo socioeconómico local para fomentar que los proyectos contribuyan a la reactivación de las zonas afectadas por el cierre de centrales de carbón y nucleares donde se ubican dichos nudos. En concreto, los proyectos deberán cumplir requisitos mínimos en términos de creación de empleo, formación y autoconsumo energético, proporcionales a la capacidad de acceso solicitada; por ejemplo, cada MW de capacidad de acceso debe traducirse en la instalación de 2 kW de autoconsumo.

Este procedimiento para instalaciones MGES es complementario a los concursos de nudos de transición justa y libera únicamente una parte de la capacidad disponible en dichos nudos, con el objetivo de acelerar proyectos que aportan robustez al sistema eléctrico, a la par que se sigue fomentando el desarrollo de las zonas de transición justa.

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