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¿Cómo se van a financiar los planes de ahorro y eficiencia energética para los años 2011, 2012 y 2013, tras decir la Audiencia Nacional que es inconstitucional?

29-11-13. Carlos Mateu
viernes, 29 noviembre 2013.
Carlos Mateu
¿Cómo se van a financiar los planes de ahorro y eficiencia energética para los años 2011, 2012 y 2013, tras decir la Audiencia Nacional que es inconstitucional?
Las empresas productoras de energía eléctrica del régimen ordinario son las obligadas con unas determinadas aportaciones con cargo al sistema eléctrico a sufragar los planes de ahorro y eficiencia energética para los años 2011, 2012 y 2013.

La respuesta a esta consulta jurídica la podemos conocer revisando la Disposición Adicional Tercera del Decreto-Ley 14/2010, de 23 de diciembre, que establece medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico, al disponer que:

Disposición Adicional Tercera. Financiación de planes de ahorro y eficiencia energética para los años 2011, 2012 y 2013

1.- Las cuantías con cargo al sistema eléctrico destinadas a la financiación del Plan de acción 2008-2012, aprobado el Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de julio de 2005, por el que se concretan las medidas del documento de «Estrategia de ahorro y eficiencia energética en España 2004-2012» aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 2003, previstas para los años 2011 y 2012 de 270 millones de euros y 250 millones de euros respectivamente, se financiarán mediante la aportación de cada una de las empresas productoras según los porcentajes recogidos en la siguiente tabla:

ENDESA GENERACION SA 34,66%;
IBERDROLA GENERACION 37,21%;
GAS NATURAL SDG SA 16,37%;
HIDROELECTRICA DEL CANTABRICO SA 4.38%;
EON GENERACION SL 2,96%;
AES CARTAGENA SRL 2,07%;
BIZKAIA ENERGIA SL 1,42%;
CASTELNOU ENERGIA SAL 1,58%;
NUEVA GENERACION DEL SUR SA 1,62%;
BAHIA DE BIZKAIA ELECTRICIDAD SL 1,42% y
TARRAGONA POWER SL 0,81%.
Total 100%.

2.- La cuantía con cargo al sistema eléctrico destinada al plan que se apruebe por Acuerdo de Consejo de Ministros por el mismo concepto a que se refiere el apartado 1 será financiada en 2013 mediante la aportación de cada una de las empresas productoras en los porcentajes del apartado 1 anterior, hasta un máximo de 150 millones de euros"

Sin embargo las Eléctricas han recurrido ante la Audiencia Nacional la inconstitucionalidad de la citada Disposición Adicional, insistiéndo en la impugnación indirecta del Decreto-Ley.

El recurso también lo han interpuesto frente a los artículos 1, 3 y 6.2 de la Orden la Orden ITC/2844/2011, de 19 de octubre por la que se regulan las transferencias de fondos, pero en realidad el núcleo del debate se centra en el artículo 2, pues el art. 1 describe el objeto de la Orden, el 3 la liquidación y el 6.2 la aplicación y ejecución.

En todo caso, la Audiciencia Nacional considera que se dan los requisitos de aplicabilidad de la cuestión de inconstitucionalidad de la citada obligación establecida en la Disposición Adicional Tercera del Decreto-Ley 14/2010.

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