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La CNMC archiva los expedientes de la manipulación del precio de la energía eléctrica en los años 2011 y 2012 por «falta de claridad»

25-7-14. Carlos Mateu
viernes, 25 julio 2014.
Carlos Mateu
La CNMC archiva los expedientes de la manipulación del precio de la energía eléctrica en los años 2011 y 2012 por «falta de claridad»
La CNMC cierra tres expedientes sancionadores por presunta manipulación del precio de la energía eléctrica en los años 2011 y 2012 que corresponden a Iberdrola Generación, Gas Natural SDG y EON Generación.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha archivado tres expedientes sancionadores a Iberdrola Generación, Gas Natural SDG y EON Generación por presunta manipulación del precio de la energía eléctrica entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2012.

En concreto, se trata de los procedimientos sancionadores seguidos contra las citadas empresas por la aparente autoexclusión del mercado diario de las centrales de carbón de importación "Guardo 1" (Iberdrola Generación), "Meirama" (Gas Natural SDG) y "Puertollano" (EON Generación) durante 2011 y 2012. El 18 de julio de 2013 el Consejo de la anterior Comisión Nacional de la Energía (CNE) incoó los citados procedimientos sancionadores por infracción muy grave del Artículo 60.a.15 de la Ley 54/1997: " Cualquier manipulación fraudulenta tendente a alterar el precio de la energía eléctrica o la medición de las cantidades suministradas".
 
En los expedientes de sobreseimiento, el Consejo de la CNMC sorpresiva y lamentablemente ha concluido que " pese a la existencia de indicios de que existió una manipulación fraudulenta del mercado", la finalidad de alterar el precio por parte de las tres compañías " no resulta demostrada con claridad".
 
Las interesadas han alegado, en síntesis, además de determinadas infracciones de forma, que su conducta se debió a las particulares características de las centrales, las cuales cuentan una elevada probabilidad de ver modificados sus programas en fase de restricciones por garantía de suministro.
 
Por esta razón, se ha declarado el SOBRESEIMIENTO del procedimiento sancionador seguido contra IBERDROLA GENERACIÓN SAU, GAS NATURAL SDG, SA y EON GENERACIÓN por la comisión de una infracción grave, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.a) 15 en relación con el artículo 61.a), ambos de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Es vergonzoso que la CNMC hable de transparencia e independencia. Resulta difícil entender que habiéndose demostrado que existen indicios de manipulación fraudulenta del mercado, la finalidad no fue alterar el precio. ¿Cuál fue entonces la finalidad de manipular el mercado?. Estamos vendidos.

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